Ordenan una medida cautelar y ordenan la suspensión inmediata del proyecto de exploración petrolera

El Juzgado Federal N° 2 de Mar del Plata, a cargo de Santiago Martín, dictó este viernes una medida cautelar mediante la cual ordenó la suspensión inmediata de la aprobación del proyecto de exploración petrolera a 300 kilómetros de la costa Atlántica.

La resolución es parte de las presentaciones judiciales presentadas por organizaciones ambientalistas autoconvocados y un particular contra la decisión del gobierno nacional en realizar adquisiciones sísmicas marinas en las áreas CAN 108, CAN 100 y CAN 114 de la Cuenca del Norte Argentino, dispuesto por por Resolución 436/2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

“Entiendo que se encuentra suficientemente acreditada la verosimilitud en el derecho invocado por las y los amparistas, sin perjuicio, claro está, de las explicaciones que brinden el Estado Nacional y la empresa Equinor al tiempo de presentar los informes que se les requerirá en este proceso colectivo”, dice el fallo que dictó el juez federal.

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El juez señaló que de una lectura de las actuaciones administrativas se desprende que “las autoridades competentes no habrían cumplido con el estándar de máxima publicidad que las obliga, en la medida de los recursos disponibles, a poner a disposición del público y difundir la información ambiental relevante para sus funciones de manera sistemática, proactiva, oportuna, regular, accesible y comprensible”. Según el fallo, “tampoco surge de los elementos obrantes en el expediente las razones que llevaron a las autoridades ambientales a omitir la realización de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), que sería el instrumento adecuado para abordar el análisis de los impactos acumulativos de la exploración sísmica en las distintas áreas del Mar Argentino sujetas a concesión”.

El 31 de diciembre de 2021, el Gobierno Nacional habilitó la explotación petrolera en tres zonas que se ubican frente a las costas de Mar del Plata y Necochea, a través de la Resolución 436/2021. Se trata de la denominada “Campaña de Adquisición Sísmica Offshore Argentina”.

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La puesta en marcha de esta explotación generó protestas ambientalistas, artistas, científicos, periodistas y escritores, quien realizaron una campaña en contra de la explotación petrolera.

Entre los peligro planteados, se encontraba el “riesgo de daño inminente en la que se encuentran las poblaciones de Ballenas Francas Australes y de Cetáceos en general, Misticetos, Odontocetos, dado que las explosiones sonoras en su hábitat natural.

Ahora, el titular a cargo del Juzgado Federal Nº 2 de Mar del Plata hizo hincapié en que el análisis deficiente o la ausencia de la previsión de los impactos acumulativos que denuncian los accionantes derivarían de la existencia de una pluralidad de autorizaciones otorgadas por las autoridades competentes para realizar exploraciones sísmicas en el Mar Argentino.

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Señaló que “tampoco surge de los elementos obrantes en el expediente las razones que llevaron a las autoridades ambientales a omitir la realización de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), que sería el instrumento adecuado para abordar el análisis de los impactos acumulativos de la exploración sísmica en las distintas áreas del Mar Argentino sujetas a concesión”.