La Justicia federal rechazó una medida cautelar de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) para detener la exploración y explotación hidrocarburífera offshore. La resolución advirtió que si se aceptara la medida, se paralizaría la producción de petróleo y gas natural en la Cuenca Austral del país, lo que ocasionaría un perjuicio económico irreparable y pondría en peligro el futuro de los desarrollos offshore.
El día 14 de septiembre del año 2023, la Justicia federal decidió no dar lugar a una medida cautelar propuesta por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), que buscaba detener las actividades de exploración y explotación hidrocarburífera offshore. La resolución advirtió que si se aceptara tal medida, se paralizaría la producción de petróleo y gas natural en la Cuenca Austral del país.
La resolución del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 8 indicó: “La parte actora no alcanza a demostrar la verosimilitud del derecho que invoca (…), al menos con el grado de evidencia que se requiere para suspender los efectos de un acto administrativo”. Esta decisión fue dada a conocer este jueves.
Además, el Juzgado destacó la importancia de considerar el daño económico que podría causarse al país si se aprobara la medida solicitada por FARN. “Las inversiones comprometidas por las empresas y las actividades de exploración y explotación ya encaradas sufrirían un perjuicio imposible de revertir, poniendo en inminente peligro la continuidad de los desarrollos offshore para el futuro de la República”.
En caso de ser aceptada la medida, no solo se detendrían todas las campañas sísmicas en curso, sino que también se frenaría la producción de petróleo y gas natural en la Cuenca Austral. “Esta producción se destina al abastecimiento del consumo interno (residencial e industrial), y los proyectos que se encuentran actualmente en una etapa de construcción para compensar el declino de la producción de gas y de esta manera abastecer la demanda interna de una energía fundamental como es el gas natural”.
El magistrado advirtió que si se detiene la producción, el país tendría que recurrir a la importación de gas natural licuado a precios internacionales, sensiblemente superiores a los precios internos del gas natural. Esto tendría un impacto negativo en la balanza comercial.
La Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) buscaba con su medida “prevenir los daños ambientales que podría sufrir el ecosistema marino en caso de continuar la exploración y explotación petrolera costa afuera y analizar la razonabilidad técnica de avanzar con una actividad contraria a los compromisos climáticos asumidos por la República Argentina”. Para ello, solicitaban que se ordenase a la Secretaría de Cambio Climático y al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible “abstenerse de otorgar permisos de exploración sísmica o de explotación hidrocarburífera costa afuera, aprobar estudios y evaluaciones de impacto ambiental, emitir declaraciones de impacto ambiental o autorizar prospecciones sísmicas o de explotación” en toda el área costa afuera.
Finalmente, FARN pretendía que se evaluaran los impactos acumulativos y climáticos de la actividad de exploración y explotación de hidrocarburos en el mar argentino y se elaborara y publicara una evaluación ambiental estratégica que contemplase, además de los impactos acumulativos, las alternativas energéticas y los costos y beneficios de la actividad en el marco de una transición energética justa.