Un especialista advirtió la nula actividad previa del grupo inversor, pero el Ejecutivo aclaró que la restricción es un trámite administrativo y que el pago inicial ya ingresó a las cuentas comunales.
La venta del histórico complejo de juegos local generó una serie de interrogantes durante los últimos días a raíz del estado tributario de la firma ganadora de la subasta, lo que motivó distintas consultas de profesionales del área contable y obligó al gobierno municipal a dar explicaciones oficiales para despejar cualquier tipo de sospecha sobre el futuro del predio. Mientras desde el sector privado surgieron dudas respecto a las razones que llevaron al organismo recaudador a bloquear la clave fiscal de la sociedad anónima compradora, las autoridades locales salieron rápidamente a respaldar la transparencia de la operación inmobiliaria mediante un informe formal que busca llevar tranquilidad sobre el destino de la inversión.
En comunicación con este medio, un contador de la ciudad que solicitó reserva de identidad analizó el perfil financiero de la empresa ganadora de la subasta y evaluó el impacto de la sanción administrativa. Al momento de revisar los antecedentes el profesional de los números continuó evaluando el impacto de esta sanción administrativa. Al momento de revisar los antecedentes financieros de la firma adjudicataria, el experto destacó la llamativa inactividad en los registros oficiales junto con la absoluta ausencia de compromisos económicos impagos. Además, sumó un dato clave sobre el historial crediticio de la firma al remarcar que "en el Banco Central no aparecen nada de deudas."

Sin embargo, el analista financiero expuso sus sospechas respecto a la reciente conformación del grupo empresario. En ese sentido, reflexionó que "no tiene movimientos aparentemente desde que se creo, lo cual es raro, pero también puede ser que la sociedad se haya creado, para justamente estos emprendimientos." Para cerrar su análisis, apuntó directamente contra la nula trayectoria del grupo y sentenció: "Lo objetable seria que como se pudo presentar una empresa así sin antecedentes a comprar un Casino [...] eso si es raro."
La respuesta oficial
Frente a las especulaciones surgidas por esta situación impositiva, las autoridades del Departamento Ejecutivo local despejaron las dudas en comunicación con Diario Necochea, buscando dejar en claro que el trámite continúa su curso legal sin obstáculos y aseguraron mediante un escrito: "La limitación de la CUIT de la firma “A Toda Vela Mar S.A.” por parte del ARCA, en virtud de una mera formalidad, en modo alguno impide, altera o afecta el proceso de subasta en el cual, primeramente, dicha empresa en fecha 10/06/2026 resultara adjudicataria, procediendo a la celebración del correspondiente Boleto de Compraventa."
Con el objetivo de ratificar la solvencia de la entidad compradora, los voceros gubernamentales confirmaron que "la firma “A Toda Vela Mar S.A.”, en cumplimiento con el boleto de compraventa indicado, ya ha procedido a abonar a la Municipalidad de Necochea la suma de Pesos cuatrocientos ochenta y siete millones ochocientos mil ($487.800.000,00) en concepto del diez por ciento (10 %) del precio de venta total establecido, debiendo, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada dicha empresa de la aprobación de la venta y del presente Boleto de Compraventa por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Necochea (apartado b.1 del artículo 7º de la Ordenanza Nº 12.009/25), abonar la suma de Pesos setecientos treinta y un millones setecientos mil ($731.700.000,00) en concepto del quince por ciento (15 %) del precio de la venta, importe que deberá ser abonado."
Las autoridades comunales también aprovecharon la oportunidad para desestimar la gravedad de la traba detectada en el sistema del organismo nacional, garantizando que el problema tributario ya encontró una solución por parte de los inversores. La explicación brindada desde el palacio de gobierno remarcó: "El pago efectuado por la firma “A Toda Vela Mar S.A.” a la Municipalidad acredita que dicha empresa no posee limitaciones en su operatoria con terceros, resultando la limitación establecida por falta de declaraciones juradas, en el marco de la Resolución General 3832/16, una mera formalidad que, por su parte y a la fecha, ya ha sido subsanada, encontrándose pendiente de su verificación por el ARCA." Para reforzar este punto y desligar responsabilidades, el descargo sumó: "Sin perjuicio de lo cual, no alterando en modo alguno la compraventa, la empresa ha informado y acreditado que ha dado cumplimiento, con anterioridad a la fecha del acto de subasta, a todos los requerimientos que el ARCA le efectuara, siendo la demora atribuible a ese Organismo."
Finalmente, los representantes del Estado municipal cerraron su mensaje explicando cuáles serán los pasos legales necesarios para terminar de concretar el traspaso definitivo de la propiedad hacia el sector privado. Respecto a la etapa culminante del proceso notarial, el documento público concluyó: "Con respecto a la firma de la escritura, la misma se formalizará una vez cancelado el total del precio contractual y cumplimentadas las demás obligaciones contenidas en la Ordenanza Nº 12.009/25 y en los plazos estipulados."







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